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El Ayuntamiento de Calatayud aprueba las Ordenanzas Municipales para el ejercicio 2023

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El Pleno del Ayuntamiento de Calatayud ha dado luz verde a las Ordenanzas Municipales del próximo año; los impuestos, las tasas y los precios públicos que se aplicarán durante 2023 en la ciudad. Un año más se opta por la congelación de Ordenanzas y se incorporan bonificaciones en materias concretas.

La concejal y presidenta de la Comisión de Hacienda, María Jesús Peñalosa, ha explicado que “los impuestos, las tasas y los precios públicos son una importante vía de financiación para el Ayuntamiento, ingresos con los que prestamos todos los servicios municipales durante el año”.

Mientras que el alcalde ha recordado: “Como está ocurriendo en las empresas y en las familias, el Ayuntamiento está sufriendo el incremento  de los precios, sin embargo planteamos una congelación de impuestos con el fin de no agravar la carga fiscal de los ciudadanos, en un ejercicio de responsabilidad con los tiempos en los que nos encontramos”.

Principales modificaciones Ordenanzas fiscales

Se aplican bonificaciones en la Ordenanza nº3 ‘Reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles’ para inmuebles de uso comercial o industrial que se vean afectados por obras realizadas por la administración municipal en la vía pública. Se bonificarán en un 25% las obras con una duración de hasta 3 meses, en un 50% las obras que duren de 3 a 6 meses, en un 75% las obras que duren más de 6 meses y hasta 9 meses y en un 95% las obras que duren más de 9 meses.

El Ayuntamiento de Calatayud reduce para 2023 los porcentajes sobre la cuota tributaria en las transmisiones de padres a hijos y nietos (Ordenanza nº5, ‘Reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana) que accedan a la herencia por derecho de representación de sus padres, previamente fallecidos. La bonificación pasa del 25% al 45% y se unifica en las transmisiones entre cónyuges y descendientes. Se seguirán aplicando los porcentajes del 10% si el inmueble que se transmite es la vivienda habitual, un 10% en casos de discapacidad igual o superior al 50%; pudiendo ascender la bonificación mortis causa al 65%.

Se modifica  el periodo de 3 años a 6 meses para solicitar un beneficio fiscal en el ICIO (Ordenanza nº4 ‘Reguladora del impuesto sobre instalaciones, construcciones y obras’), una vez concedida la licencia y terminadas las obras.

La Ordenanza nº8 ‘Reguladora de la tasa por prestación de servicios en el cementerio municipal’ se revisa íntegramente para modificar las exenciones del esparcimiento de cenizas y también se suprime la cuota reducida de los cementerios de Embid y Torres. También se suprime la concesión especial al personal municipal conforme al que se ceden gratuitamente nichos, por carecer de cobertura legal como beneficio fiscal.

Queda modificada la Ordenanza nº20 ‘Reguladora de la tasa por utilización privativa de terrenos de uso público con mercancías o materiales de construcción’ con la aplicación de un coeficiente en la tarifa de ocupación cuando las obras estén paralizadas sin justificación. Si esta ocupación afectase a las plazas del estacionamiento limitado la cuota de ocupación se incrementará en un 50%.

Se reduce en un 15% la tasa de venta en el mercado ambulante de Los Martes (ordenanza nº21 ‘Reguladora de la tasa por actividades de venta ambulante y no sedentaria’). Se modifican las cuantías de la Ordenanza nº22 ‘Reguladora de la tasa por utilización privativa de terrenos de uso públicos con mesas y sillas’, incluyendo diferencias según el tipo de uso (mesa alta, velador, velador plataforma y estufas), que se incrementan de 30 a 50€ según estos elementos.

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