
La Policía Local de Calatayud ha hecho público el balance de intervenciones realizadas durante el fin de semana, en el que se ha procedido a la inmovilización de un elevado número de vehículos de movilidad personal (VMP) por incumplir los preceptos de la nueva regulación vial. Tras la puesta en marcha del nuevo marco legal, los agentes están desarrollando operativos de vigilancia enfocados prioritariamente en estos vehículos, habiéndose detectado como infracciones más comunes la falta de inscripción en el registro formal de la Dirección General de Tráfico (DGT) y la ausencia del seguro obligatorio de responsabilidad civil. Desde la jefatura policial recuerdan a los ciudadanos la importancia de verificar que el patinete cumpla con el registro y la póliza correspondiente antes de circular, apelando a la responsabilidad compartida para garantizar la seguridad en las vías urbanas.
Este incremento en la supervisión se enmarca dentro de la difusión oficial de los cambios clave en el Reglamento General de Circulación, que reconoce de manera formal a los usuarios vulnerables, incluyendo a peatones, ciclistas, motoristas y conductores de VMP. En el caso específico de los patinetes eléctricos, la normativa fija una edad mínima de conducción de 15 años y prohíbe taxativamente su uso a menores tanto por la acera como por la calzada. Asimismo, se exige el uso obligatorio de casco, mantener el alumbrado encendido y vestir chaleco reflectante durante la noche o en situaciones de escasa visibilidad, siendo esta última una medida permanente para los repartidores. Fuera del casco urbano, la circulación de estos vehículos queda limitada de forma estricta a vías segregadas del tráfico a motor.
Las novedades reglamentarias extienden también sus exigencias al resto de colectivos de la vía. Los ciclistas deben hacer uso obligatorio del casco en vías interurbanas sin excepciones, mientras que los repartidores en bicicleta deben portar de forma continua casco y chaleco. Por su parte, los conductores de vehículos a motor que adelanten a una bicicleta en carretera están obligados a guardar una separación mínima de 1,5 metros y reducir su velocidad en 20 km/h respecto al límite máximo permitido. En entorno urbano, las bicicletas pueden ocuparla zona central del carril, exigiendo una distancia posterior de seguridad de 5 metros por parte de los automóviles, autorizándose además la circulación en ambos sentidos en calles de carril único limitadas a 30 km/h si están debidamente señalizadas. Con carácter general, tanto para bicicletas como para patinetes, está totalmente prohibido transitar por las aceras, transportar pasajeros o utilizar teléfonos móviles y dispositivos de sonido durante la conducción.
En lo concerniente a motocicletas y ciclomotores, se impone el uso de guantes en carreteras interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía, requiriendo que los cascos estén formalmente homologados y no únicamente certificados. Los motoristas solo pueden avanzar por el arcén en retenciones si existe señalización expresa para ello y sin superar los 30 km/h. Por otro lado, la normativa elimina las exenciones en el uso del cinturón de seguridad para taxistas en servicio, repartidores en tareas de carga o descarga y profesores de autoescuela, manteniendo como única excepción a los pasajeros de ambulancias en urgencias. Finalmente, para reforzar la seguridad vial global, se establece la obligación de mantener 1,5 metros y aminorar 20 km/h al rebasar vehículos parados en carretera, la prohibición de adelantar en autopistas o autovías con nieve circulando solo por el carril derecho, y la obligación de habilitar un carril de emergencia ante retenciones para facilitar el paso de los servicios de urgencia.









