
La Policía Local de Calatayud ha difundido un comunicado oficial para dar a conocer los cambios clave en el Reglamento General de Circulación que entrarán en vigor el próximo 1 de octubre de 2026. La nueva normativa destaca por reconocer de manera formal y por primera vez la figura de los usuarios vulnerables, categoría que engloba a peatones, ciclistas, motoristas y conductores de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos.
En el ámbito de los patinetes eléctricos, la normativa establece una edad mínima de 15 años para su conducción, quedando totalmente prohibido su uso para menores de esa edad tanto en aceras como en la calzada. Se exige de manera prioritaria el uso obligatorio de casco y mantener el alumbrado encendido en todo momento. Asimismo, será indispensable vestir chaleco reflectante de noche o en condiciones de reducida visibilidad, medida que aplica de forma permanente para los repartidores. Fuera de las zonas urbanas, la circulación de patinetes queda restringida exclusivamente a vías segregadas del tráfico a motor, tales como carriles bici o vías ciclistas.
Para los ciclistas, el uso del casco pasa a ser obligatorio y sin excepciones en vías interurbanas, mientras que los repartidores en bicicleta deberán portar siempre casco y chaleco. Al adelantar a una bicicleta en carretera, los vehículos a motor deberán guardar una separación mínima de 1,5 metros y reducir su velocidad en 20 km/h respecto al límite máximo de la vía. En ciudad, los ciclistas podrán circular por el centro del carril, manteniendo los automóviles una distancia posterior de seguridad de 5 metros. También se autoriza la circulación en ambos sentidos en calles de carril único limitadas a 30 km/h o menos, siempre que la vía se encuentre debidamente señalizada.
De forma general para bicicletas y patinetes, queda estrictamente prohibida la circulación por la acera, el transporte de pasajeros, así como el uso de teléfonos móviles, auriculares o reproductores de música mientras se conduce.
En relación con las motocicletas y ciclomotores, se impone el uso de guantes obligatorios en carreteras interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Tampoco bastará con disponer de un certificado para el casco, sino que este deberá estar debidamente homologado, debiendo los repartidores llevar chaleco reflectante en todo momento. En episodios de congestión o atasco, los motoristas solo podrán avanzar por el arcén si la vía lo indica expresamente y a una velocidad que no supere los 30 km/h.
Por otro lado, la regulación del cinturón de seguridad elimina las exenciones históricas, haciendo obligatorio su uso para taxistas en servicio, repartidores en maniobras de carga y descarga y profesores de autoescuela, dejando como única excepción a los pasajeros de ambulancias asistenciales en servicio de urgencia.
Finalmente, en cuanto a la seguridad general de las vías, la norma contempla que al rebasar vehículos parados en carretera se debe mantener 1,5 metros de separación y aminorar la velocidad en 20 km/h. Ante la presencia de nieve en autopistas y autovías, queda prohibido adelantar y solo se permite transitar por el carril derecho. Por último, ante situaciones de retención, los conductores deberán habilitar obligatoriamente un carril de emergencia para permitir el paso fluido de los servicios de urgencia.









